INSTALACIÓN 2001-2025 EGAÑA
1. HORARIO DE LA INSTALACIÓN
Todos los días de 09.00 a 21.00
2. PROCEDIMIENTO DE RESERVA
- Horario de ATENCIÓN del polideportivo:
- Reserva mediante GOOGLE CALENDAR.
Previa llamada al Polideportivo, se deberá facilitar una dirección de correo electrónico para compartir Google Calendar e inspeccionar las horas de alquiler.
La misma persona podrá hacer una sola reserva en el momento, como máximo. No podrá realizar una nueva reserva hasta que no haya pasado la propia reserva.
- PROCEDIMIENTO de RESERVA:
1. COGER HORA EN LA RECEPCIÓN DEL POLIDEPORTIVO. PRE-RESERVA.
Llamar al polideportivo y hacer un pre-asiento. Desde la recepción se realizará una pre-reserva. Hasta que no se abone, no se realizará la reserva definitiva. La reserva se podrá realizar por el momento únicamente a través de llamadas telefónicas.2. ABONO DE LA PRE-RESERVA.
Una vez realizada la reserva se deberá abonar (todavía no) el alquiler mediante transferencia bancaria o Bizum (en estos casos solo desde la solicitud de pago Bizum realizada desde el polideportivo).CC PARA EL PAGO DEL ALQUILER:
NOTA: Durante el mes de marzo todavía no se cobrarán las tarifas de alquiler. Este mes nos servirá como PRUEBA PILOTO para que los usuarios que quieran hacer reservas se familiaricen y aseguren que las reservas se hacen correctamente.
3. ENVIAR JUSTIFICANTE DE PAGO DE ALQUILER A LA RECEPCIÓN DEL POLIDEPORTIVO.
Enviar el justificante de pago (todavía no) a la recepción a la dirección de correo electrónico mutrikukokiroldegia@gmail.com.4. RESERVA DEFINITIVA.
Desde Recepción del Polideportivo se confirmará que se ha realizado la reserva y se realizará una reserva en Google Calendar informando al usuario.
3. REGLAMENTO DE USO DE LA INSTALACIÓN DE EGAÑA
INSTALACION MUNICIPAL CUBIERTA EGAÑA DE
MUTRIKU
DISPOSICIONES GENERALES
Artículo 1. El objeto del presente Reglamento es regular el uso y funcionamiento de la
instalación Municipal de Egaña de Mutriku.
Artículo 2. La instalación de Egaña es una instalación deportiva de titularidad municipal
que será gestionada por el Ayuntamiento de Mutriku.
Artículo 3. Este recinto cerrado se utilizará para poder realizar actividades de índole,
deportivo, cultural, social etc…, que son de interés general para el municipio, el
Ayuntamiento de Mutriku.
Artículo 4. Los criterios para establecer preferencias en el uso de la instalación
Municipal Egaña serán los siguientes:
- Primero: Las actividades de Deporte Escolar y de los propios centros escolares
en sus correspondientes horarios tanto lectivo como no lectivo.
- Segundo: Entidades tanto deportivas como culturales y sociales.
- Tercero: Las entidades o personas domiciliadas o empadronadas en Mutriku.
- Cuarto: Las entidades que hayan solicitado y hayan obtenido la correspondiente
autorización al Ayuntamiento de Mutriku.
No obstante, debido a la necesidad de contar con un recinto cerrado en el municipio, el
Ayuntamiento podrá priorizar su uso a cualquier otra actividad tanto cultural, social…
local, si así lo estimara oportuno.
Artículo 5. El cuadro de horarios se reparte de la siguiente manera y con las siguientes
reglas de uso:
- De Lunes a Viernes: De 09.00 horas a 13:00 horas los centros escolares tendrán
prioridad absoluta a no ser que los centros escolares no hagan uso de su derecho de
uso. En caso de que no se utilice ésta franja horaria para realizar actividades de los
centros escolares, el uso será libre, priorizando siempre a las personas empadronadas
en Mutriku.
-De lunes a viernes de 19.00 horas a 21.00 horas, las actividades organizadas de pelota
tendrán prioridad, priorizando a las actividades de las asociaciones deportivas locales sin
ánimo de lucro.
-Los sábados y domingos de 09.00 horas a 12.00 horas, las actividades de pelota tendrán
prioridad, priorizando a las actividades de las asociaciones deportivas locales sin ánimo
de lucro.
-El resto de franjas horarias fuera de los horarios arriba descritos serán de uso libre.
-Las franjas horarias de utilización tendrán una duración máxima de 1 hora.
-Se colocará en la instalación una señalítica con el cuadro de franjas horarias de uso.
-El Ayuntamiento de Mutriku estará facultado para modificar los horarios contemplados
en éste Reglamento, así como podrá cerrar el recinto deportivo por razón de
mantenimiento tanto ordinario como extraordinario, obras, averías y otras causas
análogas.
- Para poder reservar dichas horas se deberá de poner en contacto con el polideportivo
de Mutriku (Teléfono. 943 60 31 75).
- La tabla de reservas y tarifas seria la siguiente:

-El resto de franjas horarias fuera de los horarios arriba descritos serán de uso libre.
-Las franjas horarias de utilización en las horas libres de uso tendrán una duración
máxima de 1 hora.
-Se colocará en la instalación una señalítica con el cuadro de franjas horarias de uso.
-El Ayuntamiento de Mutriku estará facultado para modificar los horarios contemplados
en éste Reglamento, así como podrá cerrar el recinto deportivo por razón de
mantenimiento tanto ordinario como extraordinario, obras, averías y otras causas
análogas.
- En el caso en el que re requiera, el pago de la reserva, se deberá de realizar vía
Transferencia bancaria o Bizum a la hora de reservar la hora. Sin justificante de pago no
se hará confirmará ninguna reserva (Teléfono del polideportivo: 943 60 31 75).
Artículo 7. El Ayuntamiento de Mutriku podrá suscribir Convenios de Colaboración con
entidades deportivas y deportistas para regular el régimen de uso periódico de la
instalación. En tales Convenios se podrán establecer condiciones de uso particulares.
Artículo 8. Todo usuario o usuaria tendrá derecho a:
-Utilizar la instalación en los días y horas señalados en el cuadro de las franjas
de horarios de uso establecidas.
-Solicitar en cualquier momento la identificación de cualquier responsable
municipal del frontón a los efectos de realizar la reclamación correspondiente en el propio
ayuntamiento.
-Solicitar y recibir gratuitamente un ejemplar del presente reglamento de uso y
funcionamiento de la instalación.
Artículo 9. Constituyen obligaciones de los usuarios de los frontones:
-Utilizar las instalaciones conforme a lo dispuesto en este Reglamento, en las
demás disposiciones emanadas del Ayuntamiento, concretamente del Servicio Municipal
de Deportes.
-Guardar la debida compostura tanto en los vestuarios como en la práctica del
juego y atender las indicaciones uso del personal encargado de las instalaciones
municipales.
-Hacer un buen uso de la instalación, comunicando al Ayuntamiento cualesquiera
anomalías de funcionamiento, roturas, desperfectos y circunstancias análogas.
-Deberá hacerse responsable de cualquier desperfecto que se pudiera originar,
por el mal uso de la instalación.
Artículo 10. Está totalmente prohibido:
-Fumar, comer, beber o realizar cualquier acto que produzca desperdicios o cause
molestias a terceros. A no ser que se realicen previa autorización, tratándose de comidas
populares de interés general, para las cuales la entidad interesada deberá dejar la
instalación tal y como la ha encontrado, teniendo que poner los medios suficientes para
ello.
- Jugar con “pelota lakaina” de cesta punta.
-Hacer uso de bicicletas o vehículos de motor e introducir animales en la
instalación.
-Vestirse y desvestirse fuera de los vestuarios.
- Hacer un uso inapropiado de la instalación:
a) En el tiempo de uso libre se prohíbe jugar con la pelota de goma y o con
cualquier modalidad de herramienta. En los casos de uso del balón (siempre que se trate
de un balón blando) u otro material, la ocupación y el uso de la cancha deberán ser
razonables, limitando la ocupación a un ancho máximo de 2 cuadros.
b) En los casos de mal uso de la instalación, la persona o personas causantes
serán responsable de los daños causados.
-La colocación de publicidad sin autorización del Servicio Municipal de Deportes.
-Jugar a la modalidad de cesta punta, teniendo para ello el frontón Miruaitz.
Artículo 11. Cada usuario o usuaria deberá notificar al Servicio de Deportes, cuando
observe un funcionamiento anormal de la instalación deportiva.
Artículo 12. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 77 de la Ley 14/1998, del
Deporte del País Vasco, las personas físicas o jurídicas que deseen reservar el espacio
deportivo, para la organización de un espectáculo o actividad organizada, deberán contar
con un seguro de responsabilidad civil por los daños que pudieran ocasionarse a
participantes, espectadores y cualesquiera otras personas como consecuencia de la
actividad desarrollada en el frontón. La cobertura mínima de dicha póliza será
determinada por el Ayuntamiento con arreglo a la normativa vigente.
Artículo 13. El horario ordinario de la instalación será de 09.00 horas a 21.00 horas.
DISPOSICIONES FINALES
Primera. El Ayuntamiento de Mutriku queda facultado para dictar cuantas disposiciones
resulten precisas para aclarar o desarrollar lo establecido en éste Reglamento, en orden
al correcto uso del recinto deportivo municipal.
Segunda. El Ayuntamiento de Mutriku podrá actualizar el cuadro de horarios según las
necesidades que vayan surgiendo en cada momento, atendiendo a las necesidades de
interés general.
Tercera. Será de aplicación para el frontón la normativa general de instalaciones
deportivas que apruebe el Ayuntamiento de Mutriku para el resto de las instalaciones
deportivas municipales, salvo aquellas disposiciones que resulten incompatibles con las
características propias de cada instalación.
Cuarta. El Ayuntamiento, en función de sus posibilidades, pondrá a disposición de las
actividades de deporte escolar y de deporte federado, la utilización prioritaria de la
instalación cubierta de Egaña, de titularidad municipal.
Quinta. Éste Reglamento entrará en vigor al día siguiente de su publicación íntegra en
el Boletin Oficial de Gipuzkoa.
4. HORARIO DE USO DE LA INSTALACIÓN EGAÑA
